El decreto también especifica que, como política pública, se fomenta el uso de alcohol derivado de caña de azúcar producido en el mercado interno, garantizando que al menos el 50% de la mezcla provenga de esta materia prima. El Ministerio de Industria y Comercio podrá ajustar los porcentajes establecidos en caso de factores climáticos u otras circunstancias que afecten la oferta del producto.
Locales
Naftas deberán incluir un mínimo de 30% de mezcla con alcohol desde el 2025
El reciente decreto N° 7357 que modifica el artículo 7 de la Ley N° 5444/2015 "De fomento de consumo de alcohol absoluto y alcohol carburante” establece nuevas disposiciones para el uso obligatorio de alcohol anhidro en las gasolinas menores a 97 octanos en Paraguay. A partir de 2025, estas gasolinas deberán contener un mínimo de 30% de alcohol anhidro, un porcentaje que aumentará a 32% para el año 2030.