Este régimen excepcional y transitorio rige para las obligaciones tributarias vencidas de períodos fiscales mensuales y ejercicios fiscales cerrados al 31 de diciembre de 2020, referidas a Certificados de Deuda en gestión de cobro por parte de la Abogacía del Tesoro; para ajustes fiscales de Determinaciones tributarias y sanciones en trámite en sede jurisdiccional; y para ajustes fiscales de Determinaciones tributarias y sanciones en procesos de gestión de cobro por parte de la SET, siempre que cuente con conformidad o allanamiento expreso del contribuyente.
Economía y Finanzas
Continúa vigente el régimen transitorio para regularizar deudas sin interés
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) recordó que sigue vigente, hasta el 30 de junio de 2023, el Régimen Excepcional y Transitorio para la Regularización de Deudas Impositivas con 0% de recargo o interés, conforme a los Decretos N° 7086/2022 y N° 8634/2022.