Ciertamente, los hechos de corrupción deben ser prevenidos y sancionados ante su innegable motivación (negativa) con inferencia a los diversos bienes jurídicos. Es por tanto que, su investigación determina un interés por la referencia metodológica dispuesta por (Ley N.º 4.017, que regula la validez jurídica de los mensajes de datos),y que fuera ampliada por Ley 4.610; pues bien, se resalta su “valor” como herramienta para la autenticidad y eficacia probatoria en casos de corrupción. Es que, estos mensajes de datos han sido definidos como información generada, enviada o archivada por medios electrónicos, que permiten representar actos y hechos relevantes. Así, podemos lograr vínculos esenciales, que tornarían visible los casos de corrupción, puesto que, bajo el soporte de mensajes de datos se podría “documentar” negociaciones, y precisar transferencias bancarias, y/o conectar con correos electrónicos o comunicaciones en plataformas digitales. En tal sentido, la (Ley) reconoce el valor jurídico (Artículo 4) imponiendo requisitos de integridad y autenticidad. En tanto, hemos de determinar que todo mensaje de datos precisa de la conservación de su integridad desde su creación, garantizando que no hayan sido alterados. Es por ello, que, surge el sentido dispositivo de utilidad de las firmas digitales certificadas, que aseguran la vinculación entre el autor y los datos. A su vez, se consagra un plano de seguridad de evidencias digitales, que se complementa con los diversos estándares internacionales, como el reconocimiento al principio de interoperabilidad. Por todo ello, estas disposiciones que consagran la validez de los mensajes de datos, permiten su eficiencia como herramienta en la prevención y persecución de delitos corrupción, fortaleciendo la transparencia en el entorno digital.
Columnas
Corrupción: Análisis desde (elementos) mensaje de datos
Es que, estos mensajes de datos han sido definidos como información generada, enviada o archivada por medios electrónicos, que permiten representar actos y hechos relevantes.