“La Ley habla que cuando el Estado, las gobernaciones, los municipios, las entidades públicas centralizadas y descentralizadas emiten, nosotros solamente tenemos acceso a la inscripción de estos títulos en el registro de Mercado de Valores y la intermediación que se hace. Es decir, solamente registramos y supervisamos la intermediación, en este caso, verificamos si la Casa de Bolsa colocó realmente a inversores calificados”, detalló en contacto con la 1080 AM.
Análisis Macro
Ley limita acciones de la Superintendencia de Valores ante el caso de la Municipalidad de Asunción
El caso de los G. 500.000 millones (hasta ahora desaparecidos) de la Municipalidad de Asunción desnudó una serie de fragilidades a nivel legal para ejercer control sobre las emisiones que realizan las entidades públicas en el mercado bursátil. Pues, según lo explicado por Joshua Abreu, superintendente de Valores, se encuentran amparados por el artículo 9 de la Ley 5.810 del Mercado de Valores.