Los caninos y felinos domésticos son los únicos
considerados animales de compañía.
Para realizar el traslado de las mascotas a nivel internacional,
el portal digital del Senacsa menciona que se debe cumplir con los ?Requisitos
de ingreso de animales de compañía? y todas las garantías sanitarias establecidas
por la resolución de Mercosur N° 17/15.
Uno de los principales requerimientos que figura en los
requisitos es solicitar la emisión de certificado veterinario internacional
(CVI) en el departamento de certificación sanitaria del Senacsa
En este formulario (llenado a computadora) deben constar
los datos referentes al propietario, al animal, dirección de origen y destino,
lugar de salida del país y entrada al país de destino.
Adjuntar copia de documento de identidad del solicitante.
Otro trámite que se debe realizar es presentar certificado
de inspección clínica, hecho por computadora, y expedido por un veterinario
privado o oficial, con registro profesional del Ministerio de Agricultura y
Ganadería (RP ?MAG).
Además, el animal debe ser sometido a inspección clínica
dentro de los 10 días previos a la emisión del CVI.
La clínica veterinaria donde se llevará al animal debe
estar habilitada por el Senacsa.