En el marco de estos esfuerzos, a fines de 2019 entró en vigencia la Ley 6.497/19, que modificó varias disposiciones de la Ley 1.015/97 “Que Previene y Reprime los Actos Ilícitos destinados a la Legitimación de Dinero o Bienes”, inicialmente modificada por Ley 3.783/09, aumentando las exigencias para los sujetos obligados en materia de procedimientos de debida diligencia, conocimiento de clientes (Know Your Client o “KYC”), registro de operaciones y reporte de operaciones sospechosas a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (“SEPRELAD”). El incumplimiento de estas obligaciones trae consigo fuertes sanciones aplicables tanto a los sujetos obligados y las personas físicas vinculadas a los mismos. Por tanto, si su actividad lo convierte en un “sujeto obligado” de la Ley 1.015/97, le conviene saber cuáles son sus obligaciones en materia de debida diligencia y las consecuencias de incumplirlas. Aquí le contamos más sobre el tema.
Columnas
Debida Diligencia. Su Importancia y las Consecuencias de No Cumplirla
Según el último Índice de Libertad Económica de la Fundación Heritage, pese a los esfuerzos gubernamentales para evitarlo, Paraguay sigue siendo un importante centro internacional de lavado de dinero.